
Uno de los grandes avances que ha traído la construcción europea es la eliminación de fronteras en su interior, y la libertad de movimientos en su ámbito de actuación de bienes, personas, servicios y capitales. En definitiva la Unión Europea pretende ser un espacio supra nacional de unión y convivencia entre las distintas realidades particulares que la conforman, pero ello también tiene implicaciones en el ámbito medico y sanitario, y el ámbito de los tratamientos capilares no iba a ser menos y no es una excepción.
Lógicamente si uno de los grandes baluartes del proceso de construcción europea es un espacio común y sin fronteras en su interior, ello también es aplicable a los servicios médicos y sanitarios que se prestan en el seno de la unión. Así, desde que el proceso de convergencia europea sin fronteras está activo todo paciente de una realidad estatal que forma la unión europea puede tratarse en cualquiera de los estados miembros libremente, ello ha traído abusos que ahora, sin colisionar con la libertad intercomunitaria pretenden limitar.
Y se trata de limitar la utilización de esta libertad de utilización de servicios para fines que sean abusar de los sistemas sanitarios públicos estatales evitando el turismo sanitario indiscriminado con los perjuicios para los sistemas públicos excesivamente concurridos, por lo que en breve se requerirá para determinados tratamientos e intervenciones disponer previamente de un permiso del estado de origen para que el paciente pueda tratarse en otro país distinto a este, y la pregunta que nos atañe al respecto es, ¿esto afecta a los tratamientos capilares?
Y la respuesta al planteamiento anterior es que no, para nada esta normativa reguladora influye para nada ni en las clínicas o centros capilares (como tampoco lo hace en los tratamientos estéticos o depilatorios), y el motivo es bien simple: son entes privados que no dependen de la administración pública.
Es decir un tratamiento capilar no está incluido en el catalogo de prestaciones cubiertas por las seguridades nacionales de turno estatales y son servicios que se presentan de forma regulada, pero privada, ello hace que la libre elección nacional o internacional siga en manos siempre del paciente y sus deseos. Por lo que la elección del mejor centro, del centro de confianza o del centro de mejor precio siempre queda al libre albedrio del usuario o usuaria de los servicios.
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